lunes, 11 de abril de 2011

PLAN REGULADOR METROPOLITANO DE VALPARAISO

Por Raul Donoso

Se adjunta para los lectores de VOZSIGLO21 un enlace al sitio del Sistema de Evaluación Ambiental (SEA), en el que podrán encontrar al final del documento otros enlaces que los llevaran a los documentos principales del PREMVAL.

Es muy interesante su lectura, pues nos establece el desafío de tomar posiciones sobre la Ciudad-Puerto que necesitamos y debemos construir en forma democrática considerando todas la variables involucradas y principalmente a los trabajadores y al pueblo.

El actual PREMVAL hasido desarrollado bajo la mirada Neoliberal, que significa mantener la actual distribución de las ganancias, sin que los trabajadores puedan tener mejores de condiciones de vida y de una ciudad más habitable. 


Proyecto "PLAN REGULADOR METROPOLITANO DE VALPARAISO " , Resolución Exenta Nº 21 Valparaíso, 14 de Febrero de 2011
1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el Proyecto: DIA "Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso" presentado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso.
2. Certificar que el Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, que no genera los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y que no requiere ninguno de los Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en el Titulo VII delD.S. Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
3. La presente Resolución no exime a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso de la obligación de solicitar las autorizaciones que, de acuerdo a la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado Competentes.
4. Se hace presente que contra esta Resolución de Calificación Ambiental, proceden los recursos de reposición, ante esta Comisión de Evaluación Ambiental y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.
El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto.
Lo anterior, sin perjuicio de otros recursos o acciones que procedan conforme a la ley.

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